RESOLUCIÓN Nº 695-2025 -IPAV-
Procedimiento de notificación electrónica en el marco del programa de crédito para la vivienda propia “LLEGAR A CASA” - I.P.A.V.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictada el 02-07-25.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente N° 2785/2025 – Caratulado: “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS – INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE VIVIENDA – S/ PROGRAMA DE CRÉDITO PARA LA VIVIENDA PROPIA LLEGAR A CASA. -“, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 922/25, se creó el Programa de Crédito para la Vivienda propia “LLEGAR A CASA”, destinado al financiamiento de la construcción de la vivienda propia;
Que el artículo 2° del mencionado Decreto autoriza a Presidencia del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a dictar Resoluciones reglamentarias y complementarias correspondientes para la adecuada implementación del Programa;
Que por Resolución N° 531/25 de la Presidencia de este Instituto, se aprobó el Texto Ordenado del Reglamento del programa;
Que resulta necesario, a fin de agilizar el proceso de adjudicación y de gestión del crédito, establecer la metodología de notificación electrónica mediante el sistema de Gestión del Crédito Individual, a través del micrositio ipavlogin.lapampa.gob.ar;
Que con la expedición de cada notificación electrónica, se remitirá automáticamente un aviso de cortesía a la casilla de correo registrada por el adjudicatario;
Que las notificaciones así practicadas se considerarán válidas para todos sus efectos legales y sus plazos serán computados conforme la Ley de Procedimientos Administrativos N° 951;
Que por su parte, resulta necesario disponer la obligatoriedad de contratación de seguro contra incendio a partir del otorgamiento del crédito y mientras el mismo se encuentre vigente, a fin de proteger el bien inmueble y sus mejoras, siendo que el mismo constituye el objeto de la garantía hipotecaria;
Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en este Organismo, no teniendo objeciones legales que formular;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ELLO:
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE
VIVIENDA RESUELVE:
Artículo 1°. – Establecer el procedimiento de notificación electrónica para todas las comunicaciones a efectuarse en el Programa de Crédito para la vivienda propia “LLEGAR A CASA”, mediante domicilio electrónico en el micrositio de Gestión de Créditos Individuales, las que serán válidas a todos los efectos legales.
Artículo 2°. - Autorizar a la Gerencia Contable de este Organismo a la contratación de un seguro contra incendio por cada uno de los créditos que se otorguen a cargo de los adjudicatarios durante la vigencia del préstamo, cuyo importe será incorporado a la cuota mensual del crédito. Los importes correspondientes al período de gracia, serán descontados del primer desembolso.
Artículo 3°. - Regístrese, comuníquese y pase a la Gerencia de Coordinación Legal y Técnica y Gerencia Contable del Instituto provincial Autárquico de Vivienda a los efectos correspondientes. -